L'EDITORIAL
“Los peritos son útiles, necesarios y ayudan a resolver problemas”
Entrevista a iARQCO_AQ25, Interempresas.
Sobre perícia, mediació i Fons Next Generation
El dictamen pericial proposa la rehabilitació dels habitatges de Merinals
El dictamen tècnic l’ha realitzat un grup de 13 professionals que el COAC va escollir a través d’un concurs públic, transparent, amb lliure concurrència i amb respecte al principi d’igualtat, format per 3 coordinadors, 2 mediadors i 8 inspectors, tots ells arquitectes experts pèrits forenses.
L’any 2020, l’Agència de l’Habitatge de Catalunya va signar un conveni amb el Col·legi d’Arquitectes de Catalunya mitjançant el qual s’encarregava al COAC un informe pericial per disposar d’una valoració tècnica independent sobre l’estat de conservació dels edificis del barri de Merinals de Sabadell, amb un total de 170 habitatges. Aquest conveni era fruit de l’Acord del Parlament de Catalunya sobre la garantia de la qualitat dels habitatges del barri de Merinals i de l’acord entre l’Agència de l’Habitatge de Catalunya, l’Ajuntament de Sabadell i l’Associació de Veïns d’Arraona-Merinals.
El dictamen tècnic l’ha realitzat un grup de 13 professionals que el COAC va escollir a través d’un concurs públic, transparent, amb lliure concurrència i amb respecte al principi d’igualtat, format per 3 coordinadors, 2 mediadors i 8 inspectors, tots ells arquitectes experts pèrits forenses.
L’equip ha presentat avui les conclusions sobre l’estat dels 170 habitatges dels 14 edificis del polígon de Merinals, a Sabadell, als representants de la Comissió de Seguiment, formada per l’Ajuntament de Sabadell, l’Agència Catalana de l’Habitatge i l’Associació de Veïns de Merinals, en una reunió que s’ha celebrat a la seu del COAC a Barcelona.
Durant mesos, els arquitectes pèrits han fet tot tipus d’inspeccions i comprovacions dels edificis per determinar l’estat real dels habitatges, amb la finalitat de concloure si calia enderrocar-los o eren susceptibles de rehabilitació, així com el cost estimat d’aquestes operacions. A més a més, l’equip ha dictaminat sobre els dèficits d’habitabilitat i prestacions de tots els habitatges. La conclusió és que són necessàries actuacions de rehabilitació, sense que en faci falta l’enderroc.
S’ha utilitzat la tecnologia més avançada, amb aparells per conèixer l’estat dels elements constructius minimitzant les intervencions destructives i, per primer cop a Espanya, també la tècnica de georadar aplicada als dictàmens pericials.
Estat de l’estructura de l’edifici
L’estudi conclou que la fonamentació es troba en bon estat. Els experts no han observat patologies ni deficiències a l’estructura vertical i, en conjunt, les proves de càrrega efectuades permeten afirmar que té un correcte funcionament.
Pel que fa a l’estructura horitzontal, s’han detectat lesions i deficiències estructurals a les zones humides i galeries, on diverses bigues estan malmeses pel pas del temps, l’envelliment dels materials i un manteniment insuficient. Per això, és necessària i obligada una reparació amb substitució funcional de les bigues afectades i, per extensió, de totes les bigues de les zones humides (banys), amb substitució dels cels rasos d’aquestes zones.
Així mateix, cal remarcar que els sostres dels blocs analitzats presenten diferències tipològiques puntuals en relació als dels blocs enderrocats el mes de març de 2020.
Actuació per millorar les condicions d’habitabilitat
L’informe també analitza les condicions d’habilitat dels habitatges i proposa fer actuacions per millorar-les i optimitzar-ne les instal·lacions, amb l’objectiu de garantir la protecció i seguretat dels usuaris. Es recomana la revisió del conjunt de la instal·lació elèctrica, tant de les zones comunes com de l’interior dels habitatges. En la mateixa línia, els experts recomanen revisar i adequar les instal·lacions de gas i aigua, ja que s’han detectat humitats puntuals.
Durant l’anàlisi s’ha observat que elements com l’alçada dels ampits de finestres, la ventilació d’algunes escales, o qüestions relacionades amb l’accessibilitat no s’adeqüen a la normativa actualment vigent. En conseqüència, es proposen millores per corregir aquestes deficiències, com ara la millora de la ventilació de les escales i la col·locació d’ascensors.
Valor econòmic estimat de les intervencions proposades
Els arquitectes experts també han fet una projecció dels costos de les actuacions proposades, que estimen en 2,9 milions d’euros, que caldrà concretar en un projecte de rehabilitació. Entre les principals partides hi ha les corresponents a intervencions per corregir patologies o deficiències com la substitució funcional de bigues, o les que s’han de fer per causes sobrevingudes o dèficits de conservació, com l’adequació de la xarxa elèctrica. També es contemplen actuacions de millora de prestacions en àmbits com el de l’accessibilitat.
Si es realitzen les actuacions previstes i, sempre que es faci un manteniment correcte, les adequacions serviran perquè els habitatges gaudeixin de les condicions òptimes per als usuaris.
El procediment ha finalitzat avui, per part de l’equip redactor, amb la presentació dels resultats de l’informe, a la qual hi han assistit la degana del COAC, Assumpció Puig, la presidenta de l’Agrupació d’Arquitectes Experts Pèrits, Forenses i Mediadors, Anna Fabregat. Avui mateix també hi ha convocada una sessió informativa virtual per explicar les conclusions de l’estudi als veïns afectats.
El Supremo resucita los coeficientes de Hacienda para valorar las viviendas
Permite volver a aplicar un método de comprobación anulado por el TSJ en 2015.
Desde 2005, la Generalitat Valenciana ha pagado 16 millones en costas por reclamaciones de contribuyentes
ARTÍCULO DE "EL MUNDO"
Publicado por: El Mundo, Comunidad Valenciana
- Permite volver a aplicar un método de comprobación anulado por el TSJ en 2015
- Desde 2005, la Generalitat ha pagado 16 millones en costas por reclamaciones de contribuyentes
Comprar o heredar un inmueble conlleva pagar a Hacienda el impuesto de Transmisiones o de Sucesiones que se calcula en función del valor que se fija en la escritura. Sin embargo, la Conselleria de Hacienda, que tiene transferido el cobro de este impuesto, se reserva la potestad de revisar esa cifra para evitar el fraude. Lo hace a través de los tres métodos que se recogen en el artículo 57.1 de la Ley General Tributaria, de ámbito estatal, que están siendo constantemente revisados por los tribunales ante las reclamaciones de los contribuyentes.
Dos sentencias del Tribunal Supremo del pasado 6 de abril resucitan uno de los empleados por la Generalitat Valenciana que fue anulado en 2015 por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.
Se trata de la aplicación de un coeficiente al valor catastral para determinar el del inmueble. Ese coeficiente era único para cada municipio de la Comunidad -con alguna particularidad en las grandes ciudades- y se regulaba cada año en una Orden de la Generalitat.
Para el TSJ, la aplicación de ese coeficiente, aunque legal, era «poco idóneo» porque el valor obtenido de la comprobación no era individualizado. Dos pisos en el mismo edificio obtenían la misma valoración sin tener en cuenta, por ejemplo, su estado de conservación.
Esta sentencia que anula la Orden de 2013 y uno posterior que anulaba también la de 2014 provocaron una cascada de reclamaciones. «Los contribuyentes que sufrieron una revisión aplicándole los coeficientes reclamaban y podían ganar los procedimientos sin esfuerzo», explica José María Salcedo, de Ático Jurídico.
«Pasamos de las revisiones masivas que se hicieron desde 2013 a los allanamientos de la Abogacía de la Generalitat a las reclamaciones para evitar el pago de costas», añade.
Ahora el Tribunal Supremo acaba de sentenciar la validez de este método, que se aplicó ante la suspensión en 2013 también por parte del TSJ basado en el dictamen de perito que Hacienda venía aplicando. Resucita la aplicación del coeficiente sin entrar a valorar si su aplicación otorga o no el valor real del inmueble, sino basándose en que es un método recogido en la Ley y, por tanto, válido. Una sentencia similar sirvió a Andalucía para mantener esta vía de comprobación desde hace años.
Esto supone que la Conselleria de Hacienda podrá volver a fijar este método de comprobación, con alguna modificación, en la orden que ya prepara para 2017. Eso sí, aunque la aplicación de coeficientes queda validada, el Supremo cuestiona su utilización retroactiva, algo que hizo la Generalitat con las comprobaciones de 2013. En la orden de ese año, publicada en diciembre, recogía que este método se aplicaría a la revisión de valores desde el 1 de enero, lo que según el Tribunal vulnera la LeyTributaria.
La sentencia del Supremo supone un revés a los planteamientos del TSJ, que llevaba dos décadas tumbando los métodos aplicados por el Gobierno valenciano, pero también para las reclamaciones de los contribuyentes. «Seguirá habiéndolas, pero ahora la prueba pericial, en vía de recurso, y su coste tendrá que ser asumido por los propietarios», aclara Salcedo.
Las 12.800 reclamaciones por comprobaciones rebatidas en los tribunales le han supuesto a la Generalitat Valenciana un gasto de 16 millones de euros en costas procesales en 10 años. De ahí que la Abogacía, desde la sentencia de 2015, recomendara allanarse en la mayor parte de los 18.000 procesos que aún tenían pendientes en 2016 y que supondrían un gastos de 1.000 euros por cada uno.
LA NUEVA ORDEN AJUSTARÁ LOS VALORES
La sentencia del Supremo pone fin a la controversia entre Hacienda y el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, que lleva años anulando los métodos de valoración de inmuebles utilizados por el Gobierno valenciano. La Administración ya conoce el acuerdo del Supremo y está en proceso de valorar cómo adecuar la Orden de 2017 a este nuevo escenario que se abrió el pasado 6 de abril. Desde la entrada del nuevo gobierno en 2015, las comprobaciones realizadas por la Conselleria de Hacienda se han reducido a aquellas que, tras aplicar al valor catastral un coeficiente de manera interna, otorgaba unos resultados muy dispares a los declarados por los contribuyentes. Entonces se realizaba el informe pericial que avalaba la reclamación, algo que complicaba los trámites a la Administración. Por tanto, no se descarta que se vuelva al sistema que ahora valida el Supremo a partir de este año, más ágil para Hacienda porque permite generalizar casi de forma automática las revisiones. Eso sí, pretende introducir modificaciones. La intención de Gobierno valenciano es intentar invidualizar las valoraciones con un catálogo más amplio de coeficientes aplicables, aumentando en más de una decena los municipios donde se fijarán por código postal. De esta manera, pretenden afinar en las valoraciones para que sean más justas.
Arquitectos y magistrados desgranan las claves y el valor del informe pericial en litigios edificatorios
EL COAIB acoge el Curso Básico de Iniciación al Dictamen Pericial de Arquitecto que organiza la UAPFE y el periódico Economía de Mallorca pone en valor la comunicación entre arquitectos y magistrados alrededor del tema pericial
El Curs Bàsic d'Iniciació al Dictamen Pericial d'Arquitecte que hem ofert durant el 2016 a les 5 Demarcacions de Catalunya, també va tenir lloc a Palma de Mallorca, com a Pla de Xoc de formació per a tota Espanya, i la premsa se n'ha fet ressò, ressaltant la importància de la relació entre magistrats i arquitectes de cara al seu treball en comú.
EL COAIB acoge un curso monográfico los días 21 y 22 de septiembre que ofrece conocimientos básicos para garantizar la independencia y el rigor profesional en las pruebas periciales arquitectónicas sobre las que se apoya la Justicia
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Redacción
Martes, 20 de septiembre de 2016
El informe pericial de la arquitecta Lilia Paloma Maure Rubio fue decisivo en 2014 para que el Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJB) respaldara la protección del edificio de Gesa como bien patrimonial. El caso es sólo un ejemplo de los numerosos procedimientos judiciales en los que son requeridos los servicios de arquitectos peritos para acompañar un escrito de demanda, contestarla y en general hacer una valoración técnica independiente de edificaciones e inmuebles.
Contar con una formación adecuada es clave para elaborar un informe pericial que garantice un resultado óptimo del litigio y con ese objetivo el Col·legi Oficial d’Arquitectes de les Illes Balears (COAIB) promueve por primera vez en las Islas un ‘Curso básico de iniciación al dictamen pericial de arquitecto’ al que asistirán 35 alumnos.
Las sesiones previstas para los días 21 y 22 de septiembre contarán entre sus ponentes con personalidades de prestigio del ámbito profesional de la arquitectura y de la judicatura como el Delegado de la Fiscalía Anticorrupción de Baleares, Joan Carrau.
El curso organizado por la Unión de Arquitectos Peritos y Forenses de España (UAPFE/CSCAE), a través de la Agrupación de Arquitectos Expertos Peritos y Forenses del COAIB (AAEPF), con la colaboración de ASEMAS, forma parte del Plan de Choque para aumentar la calidad de la pericia y el servicio a la Justicia y dotar a todos los arquitectos del Estado de una formación y conocimientos básicos de calidad en materia pericial que los acredite para la profesión permitiéndoles afrontar los dictámenes periciales con mayor seguridad. El curso también permite iniciarse en la actividad pericial partiendo de una base sólida antes de optar por una formación de más alto nivel.
El acto de inauguración del curso está previsto para este este miércoles 21 de septiembre, a las 9.15 h, y contará con las intervenciones de Marta Vall-Llossera Ferrán, decana del COAIB; Pere González Nebreda, presidente de la UAPFE, e Inmaculada Salom Moll, presidenta de la AAEPF /COAIB.
Dirigido a profesionales que ya están ejerciendo como arquitectos peritos y a aquellos que quieren explorar en este campo de actividad, el curso monográfico de 16 horas lectivas incluye talleres prácticos y de reflexión, una mesa redonda y un coloquio final. La formación se complementa con la posibilidad de asistir como público a juicios civiles relacionados con las tareas propias del perito. Para ello, durante el desarrollo de las sesiones se pondrá a disposición de los participantes un formulario que deberá cumplimentar.
Todas las ponencias tendrán lugar en el salón de actos de la sede central del COAIB (calle Portella, 14 – Palma) y podrán ser seguidas por videoconferencia desde las Demarcaciones del COAIB de Eivissa y Formentera y de Menorca.
PROGRAMA
Miércoles, 21 de septiembre
- 09:15 h. Inauguración a cargo de Marta Vall-Llossera Ferrán, decana del COAIB; Pere González Nebreda, presidente de la UAPFE, e Inmaculada Salom Moll, presidenta de la AAEPF /COAIB.
- 09:30 h. El proceso judicial. Tipos de procedimiento. La función de los expertos periciales y forenses. El perito y el dictamen, a cargo de Sonia Vidal Ferrer, magistrada y jueza del Juzgado de 1ª Instancia nº 23 de Palma.
- 11:30 h. Introducción y dictamen pericial. Criterios y recomendaciones técnicas y de ética profesional. Deontología, a cargo de Pedro González Nebrada, arquitecto DALF y presidente de UAPFE.
- 12:30 h. Actividad pericial según temática. Elementos para la redacción de una pericial. Formalización de los diferentes tipos por encargo del dictamen, a cargo de Pedro González Nebrada, arquitecto DALF y presidente de UAPFE.
- 13:30 h. El lenguaje del perito, a cargo de Pedro González Nebrada, arquitecto DALF y presidente de UAPFE y de Ana Fabregat Ulldemolins, arquitecta y presidenta de AAEPFM de Cataluña.
- 16:00 h. Trabajo de campo para la confección del dictamen de lesiones en la edificación y Reconocimiento pericial, medios y procedimientos, a cargo del arquitecto Pere Rius Català.
- 17.00 h. La vista oral. Intervención del perito, a cargo de Ana Fabregat Ulldemolins, arquitecta y presidenta de AAEPFM de Cataluña.
- 18:15 h. Elaboración del dictamen pericial: estructura, contenido y fundamentación, a cargo de Manel Díaz Jiménez, arquitecto.
- 19:00 h. Daños que afectan a la habitabilidad, a cargo de Francesc Labastida Azemar, arquitecto.
Jueves, 22 de septiembre
- 09:30 h. Responsabilidad del perito, a cargo de Joan Carrau, Delegado de la Fiscalía Anticorrupción de Baleares; Agustí Cerveró, abogado, y Antoni Ramis Ramos, arquitecto.
- 11:30 h. El lenguaje de las fisuras y grietas y su diagnóstico, a cargo del arquitecto Salvador Juan Más.
- 13:00 h. Taller práctico de lesiones en la edificación.
- 16:00 h. Finalización del procedimiento judicial. Dictámenes periciales en ejecución de sentencias, a cargo de María Isabel Frade Hevia, magistrada y jueza del Juzgado de 1ª Instancia número 4 de Palma.
- 16.30 h. El dictamen judicial desde el punto de vista de la magistratura y de la judicatura, a cargo de María Isabel Frade Hevia, magistrada y jueza del Juzgado de 1ª Instancia número 4 de Palma
- 18:00 h Formación y experiencia del perito arquitecto. Listas de peritos judiciales, a cargo de Pedro González Nebrada, presidente de la UAPFE.
- 18:30 h: Taller práctico, a cargo de Ana Fabregat Ulldemolins, arquitecta y presidenta de AAEPFM de Cataluña.
- 19:30 h: Mesa redonda y debate. Intervendrán: María Isabel Frade Hevia, magistrada y jueza del Juzgado de 1ª Instancia número 4 de Palma; Pedro González Nebrada, presidente de la UAPFE, Marta Vall-Llossera Ferrán, decana del COAIB, Inmaculada Salom Moll, presidenta de la AAEPFIB, y de Luis Corral, director general de Ordenación del Territorio del Govern balear.
Justicia impone la transmisión electrónica de documentos a abogados, procuradores y juzgados a partir del 1 de enero sin destinar medios
El BOE de hoy recoge el decreto de implantación definitiva de LexNet, el sistema de comunicación electrónica con la Administración de Justicia que arrancó en 2007
by evabelmonte
· El decreto "no supondrá incremento de gasto público ni de las dotaciones de personal"
· Registradores y fuerzas de seguridad estarán obligadas en 2017
· El sistema no permite enviar audios y vídeos como anexos
El BOE de hoy recoge el decreto de implantación definitiva de LexNet, el sistema de comunicación electrónica con la Administración de Justicia que arrancó en 2007 y que será obligatorio para abogados y procuradores a partir del 1 de enero. Así, el Ministro de Justicia, Rafael Catalá, pretende instaurar su promesa de "papel cero" en los juzgados pero, eso sí, lo hace sin incremento de recursos, pese al colapso que presentan muchos tribunales españoles antes de su aplicación.
El reglamento afecta de forma directa a las comunidades autónomas que no tienen transferidas competencias en Justicia (Castilla y León, Castilla La Mancha, Murcia, Islas Baleares, Extremadura, Ceuta y Melilla), aunque el resto podrá firmar convenios con el Ministerio para utilizar el mismo sistema y todas, sin excepción, tienen que cumplir lo que marcan las recientes reformas de la Ley de Enjuiciamiento Civil y la Ley Orgánica del Poder Judicial sobre administración electrónica. Eso significa, entre otras cosas, que la obligación de comunicarse por esas vías a partir del 1 de enero, elijan el sistema que elijan dentro de los parámetros de la ley, aplica a toda España, como se explicó en el último Consejo de Ministros.
El decreto deja claro que su aplicación "no supondrá incremento de gasto público ni de las dotaciones de personal" y que serán los colegios de procuradores, por ejemplo, los que pondrán a disposición de sus colegiados los medios necesarios. Además del colapso denunciado por los profesionales en los últimos años, algunos de ellos están denunciando problemas técnicos en la aplicación del sistema, como por ejemplo que no funcione con Windows 10, como denuncia el abogado Francisco Javier Rubio. Según el preámbulo del decreto, el sistema LexNet -aprobado en 2007- "ha cumplido de manera satisfactoria las necesidades de comunicación de la Administración de Justicia con los profesionales de la Justicia, principalmente los procuradores".
En su primera fase, que arranca el próximo 1 de enero, el sistema será de uso obligatorio para las oficinas judiciales y fiscales y los profesionales de la Justicia, como abogados y procuradores. A partir del 1 de enero de 2017 la obligación de comunicarse de forma electrónica se amplía a las personas jurídicas, notarios y registradores, miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y ciudadanos que se relacionen con la Justicia de forma directa, sin mediar abogados o procuradores, y elijan este canal de comunicación. En este último caso, podrán optar por recibir las comunicaciones vía email siempre que cuenten con un sistema de acuse de recibo. Los administradores concursales podrán seguir utilizando papel hasta el día siguiente de la aprobación del decreto que desarrolla el Estatuto de la Administración Concursal, aún en proceso y cuyo proyecto ha sido criticado por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).
Ni audios ni vídeos
El sistema obliga a que el documento pincipal de la comunicación -por ejemplo, el escrito de demanda- sea un PDF escaneado con sistema de reconocimiento de caracteres (OCR), al que como anexos y de forma independiente (cada uno de ellos en un archivo) se pueden adjuntar archivos en formato PDF, RTF, JPEG, JPG, TIFF, ODT o archivo comprimido ZIP (eso sí, que contenga alguno de los tipos anteriores). No está permitido enviar archivos de audio, vídeo o en otros formatos diferentes a los anteriores. Si son necesarios, deberán ser entregados en mano el mismo día o el siguiente hábil al de la comunicación electrónica y en el órgano de Justicia se le pasará un antivirus.
Esta reforma no afecta, según el decreto, a los plazos hábiles de presentación de documentos. Si el sistema falla, tienes hasta el día hábil siguiente para presentar la documentación en persona con un justificante del error. Además, establece que un abogado, por ejemplo, podrá autorizar a otros usuarios a presentar escritos en su nombre y desde su buzón. Eso sí, los documentos tienen que haber sido firmado previamente por el titular con su certificado electrónico, antes del envío propiamente dicho.
Para utilizar el sistema LexNet, el decreto exige firma electrónica cualificada. Eso sí, "cuando el envío proceda de una administración u organismo público y de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad podrá utilizarse el sistema de acceso mediante usuario y contraseña, siempre que la comunicación se realice a través de los Sistemas de Aplicaciones y Redes para las Administraciones".
El anuncio de este decreto en el último Consejo de Ministros vino acompañado de promesas sobre sus beneficios: "supondrá una mayor agilidad y un incremento de la transparencia de los procesos judiciales, un importante ahorro de costes, la reducción de las cargas administrativas y una mayor seguridad en el tratamiento de la documentación". El ahorro, la seguridad, la agilidad y la reducción de cargas administrativas se deberán demostrar durante su implantación. En cuanto a la transparencia, ni entonces ni en el decreto se explica qué relación tiene la administración electrónica de la Justicia con ella. Aun así, el Gobierno ha incluido la sede judicial electrónica entre las mejoras de transparencia y participación que defenderá ante el Open Government Partnership (la Alianza para el Gobierno Abierto) pese a las críticas recibidas.
La mediación a la luz de la nueva Ley 42/2015, de 5 de octubre, de reforma de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil
La nueva Ley 42/2015, de 5 de octubre, de reforma de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil incorpora pocos pero sensibles cambios procesales que afectan a la actividad mediadora
28 de OCTUBRE de 2015
Por Aura Esther Vilalta Nicuesa, Presidenta de Iusmediare, Profesora Agregada de derecho civil de la UOC
Esta Ley, que ha entrado en vigor al día siguiente de su publicación, esto es, en fecha 6 de octubre de 2015 (BOE núm. 239) incorpora pocos pero sensibles cambios procesales que afectan a la actividad mediadora y que en breve síntesis exponemos a continuación:
En primer lugar, y modificando la Ley de Enjuiciamiento Civil,otorga a las partes durante el desarrollo de la vista la posibilidad de llegar a un acuerdo, a desistir del proceso o a solicitar la homologación de lo que hubieren acordado. En este caso, el acuerdo homologado judicialmente surtirá los efectos atribuidos por la ley a la transacción judicial y podrá llevarse a efecto por los trámites previstos para la ejecución de sentencias y convenios judicialmente aprobados. Dicho acuerdo podrá impugnarse por las causas y en la forma que se prevén para la transacción judicial.
Si no hubiere todavía acuerdo pero lo desean intentar, las partes de común acuerdo podrán también solicitar la suspensión del proceso para someterse a mediación. En este caso, el tribunal examinará nuevamente la concurrencia de los requisitos de capacidad jurídica y poder de disposición de las partes o de sus representantes debidamente acreditados, que asistan al acto. Si terminara la mediación sin acuerdo, cualquiera de las partes podrá solicitar que se alce la suspensión y se señale fecha para la continuación de la vista. Si por el contrario fuese alcanzado, deberán comunicarlo al tribunal y podrán solicitar su homologación judicial tras lo cual se decretará el archivo del procedimiento (vid. art. 443 apartado1 LEC).
Por otro lado, elimina de la Ley procesal Civil la previsión de que en las audiencias previas a un juicio, comparecidas las partes, tengan éstas la oportunidad de solicitar, de mutuo acuerdo, la suspensión del proceso para someterse a arbitraje, manteniendo sin embargo la posibilidad de acudir a la mediación, medida que refuerza la apuesta del legislador por esta modalidad facilitativa de gestión y resolución de los litigios. Así se dice ahora en el artículo 415.1 que “las partes de común acuerdo podrán también solicitar la suspensión del proceso de conformidad con lo previsto en el apartado 4 del artículo 19, para someterse a mediación. En este caso, el tribunal examinará previamente la concurrencia de los requisitos de capacidad jurídica y poder de disposición de las partes o de sus representantes debidamente acreditados, que asistan al acto”.
Finalmente, introduce en la Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita la posibilidad de acceder a asistencia jurídica gratuita para obtener información sobre la posibilidad de recurrir a la mediación u otros medios extrajudiciales de solución de conflictos, en los casos no prohibidos expresamente por la ley, cuando tengan por objeto evitar el conflicto procesal o analizar la viabilidad de la pretensión. Y añade que cuando se trate de víctimas de violencia de género, de terrorismo y de trata de seres humanos, así como de menores de edad y las personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, la asistencia jurídica gratuita comprenderá asesoramiento y orientación gratuitos en el momento inmediatamente previo a la interposición de denuncia o querella.
Estas medidas pretenden introducir cambios obligados en la normativa española para adecuarla a la Directiva 2008/52/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2008, sobre ciertos aspectos de la mediación en asuntos civiles y mercantiles, que exige que los Estados miembros deben alentar a los profesionales del Derecho a informar a sus clientes de las posibilidades que ofrece la mediación, motivo por el cual, la propia Ley española 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles, vino a establecer que las Administraciones públicas competentes procurarán incluir la mediación dentro del asesoramiento y orientación gratuitos previos al proceso en la medida que ello permita reducir tanto la litigiosidad como sus costes. No obstante, como señala la exposición de motivos, la obligación de facilitar esta información no supone que deban asumirse los gastos generados en la sesión informativa a que se refiere la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles.
Conflicto solucionado mediante mediación contenciosa en Canarias
Esta noticia resulta una alegría que confirma que la mediación es un camino útil y provechoso también cuando se trata de conflictos en los que almenos una de las partes es la Administración.
Esta noticia resulta una alegría que confirma que la mediación es un camino útil y provechoso también cuando se trata de conflictos en los que almenos una de las partes es la Administración.
Telde pagará 247.000 euros para resolver el litigio del Decathlon generado por el gobierno PP-Ciuca
El Ayuntamiento alcanza un acuerdo con la promotora y los propietarios afectados gracias a la mediación judicial y da por ejecutada la sentencia que anuló el convenio urbanístico
La corporación afrontará el pago en dos plazos, los primeros trimestres de 2016 y 2017
Promociones Horneras, del empresario Ambrosio Jiménez, deberá pagar la mayor parte de la indemnización, 980.000 euros
La alcaldesa, Carmen Hernández, asegura que este acuerdo borra la amenaza de derribo del establecimiento
Iván Suárez - Telde
15/09/2015 - 18:34h
- Instalaciones de Decathlon en la ciudad de Telde.
MÁS INFO
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- ETIQUETAS: Decathlon, Telde
El Ayuntamiento de Telde cierra uno de los entuertos judiciales heredados del denominado cuatrienio negro (2003-2007) del gobierno del Partido Popular (PP) y Ciudadanos por el Cambio (Ciuca), un periodo plagado de actuaciones urbanísticas que acabaron en los tribunales. Por una de ellas, la que permitió la construcción de un establecimiento de la multinacional Decathlon en una parcela del barrio de La Pardilla, el Consistorio deberá pagar ahora algo más de 247.000 euros en concepto de indemnización a dos propietarios de los terrenos a quien ignoró en el momento de suscribir el convenio con Promociones Horneras, empresa de Ambrosio Jiménez.
La mediación judicial ha posibilitado un acuerdo entre la corporación local, la promotora y los dos propietarios que acudieron a la vía contencioso-administrativa, según han anunciado este martes en rueda de prensa la alcaldesa de Telde, Carmen Hernández; el concejal de Urbanismo, Juan Francisco Artiles, y el edil de la Asesoría Jurdica, Alejandro Ramos.
Once años después de la firma del convenio, anulado por la Justicia en 2009, se resuelve de este modo un conflicto por el que la empresa de Ambrosio Jiménez abonará la mayor parte de la indemnización, 980.000 euros. El Ayuntamiento deberá ahora desarrollar un proyecto de compensación para legalizar todas las actuaciones desarrolladas en esa parcela. El pago a los propietarios lo realizará en dos plazos, en los primeros trimestres de 2016 y 2017.
El caso tiene su origen en el Convenio Urbanístico de Gestión Concertada aprobado por la Junta de Gobierno Local el 15 de octubre de 2014, siendo entonces concejal de Urbanismo Guillermo Reyes (Ciuca) y alcalde, Francisco Valido (PP).
Según ha recordado Artiles este martes, el Ayuntamiento tramitó el expediente del proyecto de urbanización con gran celeridad. Tan sólo 36 días después de haberse aprobado, se le había concedido las licencias de obra y apertura. Antes de obtener estos permisos, el empresario ya había construido en la parcela, ha precisado el concejal de Urbanismo, que ha calificado el caso como "la historia de un despropósito".
Al quedarse fuera del convenio, los propietarios afectados acudieron primero al Ayuntamiento, que desestimó su recurso, y después a la vía judicial. El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) acabaría dándoles la razón al estimar su recurso contra una sentencia desfavorable del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Las Palmas de Gran Canaria. El fallo, de octubre de 2009, anuló el convenio suscrito en 2004.
Con la resolución del TSJC en la mano, el equipo de gobierno entonces formado por NC, el PSOE y el CCN, preguntó a la Sala por los términos de ejecución de la sentencia. Fue el inicio de un largo periodo de recursos formulados por la promotora y los demandantes. Finalmente, en junio de 2011, ya con el nuevo pacto entre el PP, Ciuca y CC, la juez María Olimpia del Rosario dio un plazo de diez días al Ayuntamiento para cumplir el auto, lo que obligaba a abrir un expediente para declarar la lesividad del desarrollo urbanístico de la parcela, ya que la Administración no podía anular sin más las licencias de obra y apertura.
"En este periodo se pasó de las prisas a la lentitud", ha explicado Artiles en alusión a la falta de respuestas de la corporación entonces liderada por María del Carmen Castellano (PP), quien incluso fue multada en enero de 2013 por el reiterado incumplimiento de la sentencia, tras hacer caso omiso a los numerosos autos y providencias de los juzgados. Fue en ese momento, veinte meses después del primer requerimiento, cuando se produjo la primera respuesta del gobierno municipal, que recurrió la sanción a la alcaldesa.
"La asesoría jurídica se había desmantelado", ha afirmado el concejal de Urbanismo, que sólo ha reconocido como acertada la decisión adoptada en enero de 2015 de acudir a la mediación judicial, que es la que finalmente ha resuelto el entuerto.
Para Carmen Hernández, el expediente del Decathlon es un ejemplo de "la desidia, dejación e irresponsabilidad" del anterior equipo de gobierno y una muestra de "cómo se han hecho las cosas en Telde en los últimos años". "Donde Telde tenía que haber sacado un beneficio económico y de generación de empleo, tenemos que pagar para desenredarlo", ha aseverado la alcaldesa. que ha añadido que el acuerdo pone fin a las especulaciones sobre el derribo del establecimiento y que espera recuperar con el proyecto de compensación el 10% del aprovechamiento del suelo que tenía que pagar el promotor todos los años.
Hernández ha manifestado su intención de recurrir a la mediación para solucionar los conflictos que aún permanecen abiertos y para convertir "la desconfianza y el descrédito" de la institución ante los tribunales en seguridad jurídica. El nuevo gobierno municipal se ha marcado como prioridad "responder en tiempo y forma" a los requerimientos de los juzgados, función a la que se dedica en exclusividad una de las letradas del Ayuntamiento.
La responsabilidad penal en las ITE se reduce a casos de mala fe
Entrevista a Fulgencio Avilés, presidente de Asemas
Entrevista a Fulgencio Avilés, presidente de Asemas
THOMAS GUALTIERI / BEATRIZ GUILLÉN Madrid 21 AGO 2015 - 22:20 CEST
Las empresas y los trabajadores autónomos son los que están capacitados para hacer las inspecciones
La responsabilidad penal de los arquitectos que llevan a cabo una Inspección Técnica de Edificios se limita a los casos en los que omitan voluntariamente y con mala fe informar sobre una parte del inmueble en la que puedan existir daños, o no dejen constancia de un signo evidente de un daño estructural en el informe que tienen que elaborar una vez acabadas las pruebas. Así lo explica Fulgencio Avilés, presidente de ASEMAS, la mutua de seguros que cubre al 80% de los arquitectos españoles. “Pero es altamente improbable que ocurra algo de ese tipo”, subraya. En la mayoría de los casos, la responsabilidad no va más allá del ámbito contractual, es decir, el incumplimiento puntual de una o más cláusulas establecidas en el acuerdo en el que las comunidades de vecinos y los técnicos establecen qué pruebas se realizarán para llevar a cabo la inspección. Una vez que los técnicos han informado de un daño, la responsabilidad de su reparación es del propietario.
Avilés, que es arquitecto, asegura que la actual normativa, aunque ha sido muy útil, es mejorable: “Las actuales inspecciones técnicas son bastante ligeras; la ley no exige que se haga un ensayo sino simplemente una inspección visual. Las ITE son como una instantánea que fotografía las condiciones de un edificio en una fecha determinada”.
Por ello, aunque con una moratoria que aplaza su aplicación a 2018, en 2013 se aprobó una nueva norma, la Ley 8/2013, que introduce el Informe de Evaluación del Edificio (IEE) para inmuebles de más de cincuenta años. “Se trata de una prueba mucho más amplia que la ITE y comprende eficiencia energética, accesibilidad y estado de conservación del edificio”. Es necesario realizarla si se va a pedir una subvención para rehabilitación.
Estos análisis han estado siempre en manos privadas. Sin embargo, no hace falta constituirse como empresa para poder realizarlos. Cualquier arquitecto superior o técnico e incluso determinado tipo de ingenieros que estén dados de alta como autónomos pueden hacer las inspecciones. Esta flexibilidad en los reglamentos deja una incontable oferta de profesionales. El Ayuntamiento no conoce el número.
En Madrid hay numerosas empresas dedicadas exclusivamente a las ITE, pero también hay un gran número de graduados técnicos que ejercen como autónomos estas inspecciones. Solo hacen falta tres requisitos: ser arquitecto superior, técnico (aparejador) o determinado tipo de ingeniero (son válidos de caminos, industrial, de edificación o de obras, por ejemplo); estar dado de alta como autónomo y tener un seguro de responsabilidad civil.
El concejal de Urbanismo, José Manuel Calvo, asegura que con estas titulaciones se tiene “una preparación más que necesaria” para ejercer este puesto.
El procedimiento de estas inspecciones incluye la visita del técnico al inmueble, un peritaje visual y unas entrevistas con los vecinos sobre posibles deficiencias en el edificio. Una vez emitido el informe, bien la comunidad de vecinos o bien el propio inspector deposita el resultado en el Ayuntamiento.
El precio de estas inspecciones varía según el técnico y, sobre todo, según el tipo de inmueble, explicaron fuentes municipales. Una inspección de un edificio histórico tiene un coste más elevado.
Las resoluciones desfavorables de estas inspecciones (4.621) casi alcanzaban a las favorables (5.660) en 2010 en Madrid, según la web el Observatorio de las ITE, promovida desde el Ministerio de Fomento. La concejal socialista experta en temas de urbanismo Mercedes González recalca la importancia de controlar estas ITE negativas.
Hem de tenir més cura dels edificis
Una entrevista de Joaquim Buj a Anna Fabregat per al Diari de Tarragona - Ebre
Publicat avui, 8 d'agost al Diari de Tarragona i al Diari de l'Ebre.
Arquitectura per construir un país millor
Un article de Lluís Comeron al Diari Ara
Lluís Comeron. Degà del COAC - 5 d'agost de 2015
Catalunya es distingeix des de fa temps per una arquitectura i un urbanisme que han esdevingut una part intrínseca de la nostra cultura. Ambdós estan caracteritzats per un fort compromís amb la construcció col·lectiva de la ciutat mitjançant edificis, espais públics i planejaments urbans de gran qualitat, que han estat mereixedors d’un sòlid prestigi internacional.
Amb l’arribada de la democràcia aquest compromís va tenir un aliat important en les administracions públiques, que han contribuït a transformar i millorar el patrimoni urbà fent de l’arquitectura una política pública, tant en les decisions de definició urbana com en els nous edificis i equipaments. En l’actualitat, malauradament, el marc jurídic i econòmic i les condicions en les quals es fa arquitectura s’han anat deteriorant fins al punt de no afavorir la seva qualitat i, en molts casos, dificultar-la o fer-la gairebé impossible.
D’una banda, l’afebliment dels instruments col·lectius i la prioritat dels criteris economicistes situen la qualitat i els recursos per assolir-la com a valors no prioritaris. De l’altra, la complexitat de la presa de decisions fa cada cop més difícil actuar amb la visió integral que demana la naturalesa de la ciutat, no compartimentada en departaments estancs, visió sense la qual moltes decisions esdevenen absurdes i contraproduents. Finalment, les conseqüències a llarg termini d’aquestes decisions, que depassen inevitablement els moments en què són preses, xoquen cada cop més amb uns mecanismes d’actuació que prioritzen els resultats a curt termini, molt allunyats del bé comú i la responsabilitat en relació amb les properes generacions.
L’any 1985 la Unió Europea va qualificar l’arquitectura i l’urbanisme com a qüestions d’interès general, establint a la directiva 85/384/CEE que “la creació arquitectònica, la qualitat de les construccions, la seva inserció harmoniosa en l’entorn, el respecte dels paisatges naturals i urbans, així com del patrimoni col·lectiu i privat, revesteixen un interès públic”. Posteriorment, el Consell d’Europa també ha reclamat la necessitat que en les polítiques regionals i de cohesió comunitàries es tingui en compte la dimensió cultural i la qualitat del tractament físic dels espais. Alguns estats membres han incorporat parcialment en les seves legislacions aquesta posició i el seu desenvolupament. En el cas d’Espanya, només s’ha inclòs el que fa referència a la qualitat tècnica de les edificacions en el Codi Tècnic.
El projecte de llei de l’arquitectura aprovat ahir pel govern de la Generalitat és una transposició ambiciosa de la formulació feta per la Unió Europea. Prioritza l’interès públic de l’arquitectura com a fonament per al benestar i la cohesió social, i com a element constructor de la identitat del país. Desenvolupa mesures de divulgació i impuls de la qualitat arquitectònica, així com de protecció del patrimoni construït i foment de la participació ciutadana. Estableix noves regles del joc per a les administracions públiques, per tal de garantir que les seves actuacions i licitacions responguin a l’interès general objecte d’aquesta llei. Així, es defineix la composició i els mecanismes de transparència dels jurats; s’evita la compartimentació del procés integral de projecció i direcció de les obres; es fixen valors orientatius per als contractes de serveis que regularitzin les condicions dels professionals, i s’estableixen mecanismes per als concursos que propiciïn tant la selecció de la millor proposta com la participació de petits despatxos, joves professionals i altres col·lectius.
Els arquitectes fa temps que plantegem la necessitat de canvis significatius en el marc legal d’aquestes activitats, pel que fa al seu vessant econòmic, social i de transformació urbana i territorial. Cal que el que hem après de la crisi ens permeti desenvolupar un context millor per al futur; no podem resignar-nos a una situació com l’actual, tan “precaritzada” i poc orientada a la qualitat i a l’interès general a curt i llarg terminis.
El nou projecte de llei, impulsat pel departament de Territori i Sostenibilitat i en el qual el Col·legi d’Arquitectes de Catalunya ha col·laborat intensament, ja ha esdevingut, malgrat la limitació de l’àmbit competencial català, una referència capdavantera a nivell internacional. Serà un bon instrument per afrontar els propers anys amb la il·lusió de seguir construint entre tots un país cada cop millor.
Resumen de las ayudas del Ministerio de Industria, en vigor, para proyectos de eficiencia y ahorro energético
Dotados con 168 millones, estos programas permitirán ahorros equivalentes al consumo anual de más de 150.000 familia
Dotados con 168 millones, estos programas permitirán ahorros equivalentes al consumo anual de más de 150.000 familia
14 julio, 2015
Los diferentes programas han sido dotados con 168 millones de euros.
Para cumplir los objetivos de nuestro país en materia de ahorro energético, recientemente han entrado en vigor programas del Ministerio de Industria, Energía y Turismo que apoyan proyectos de:
-rehabilitación energética de edificios
-transporte
-pyme y gran empresa del sector industrial
-alumbrado exterior municipal
Estas líneas de actuación en sectores estratégicos para 2015 se concretan en diferentes programas que han sido dotados con 168 millones de euros, siendo el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (Idae) el organismo que gestiona las ayudas directas y de apoyo a la financiación.
La mayoría de estos fondos proceden del nuevo Fondo Nacional de Eficiencia Energética (FNEE). Aunque el Plan Nacional de Acción de Eficiencia Energética (PNAEE 2014-2020) establece un reparto indicativo de ahorro por sectores, correspondiendo más de la mitad al sector industrial, estas líneas se han escogido estratégicamente en función de la mayor dificultad de acometer las inversiones.
En ese sentido, la línea de rehabilitación energética de edificios es la más dotada y con mecanismos incentivadores más potentes. Es en el sector difuso de la edificación a nivel domésticodonde se está haciendo especial incidencia, como lo demuestra la campaña de comunicación de ahorro y eficiencia energética 2015 que se está desarrollando este mes de julio en todos los medios de comunicación y que se centra en la actuación de los individuos en casa y en sus coches.
Alumbrado exterior
El alumbrado exterior de los municipios españoles cuenta con cerca de ocho millones de puntos de luz (PL) que, con una potencia media de 165 W/PL y 4.081 horas de utilización anual, supone un consumo de electricidad de 5.367 GWh/año y un coste para los municipios de 697 millones de euros anuales, es decir, el 2% del consumo eléctrico nacional. El alumbrado exterior supone la principal factura de los ayuntamientos (entre el 50 y el 80% de sus presupuestos).
La línea de ayudas para alumbrado exterior es de 36 millones de euros, que se aplicarán mediante préstamos a un tipo de interés del 0,0% para proyectos de renovación de instalaciones de alumbrado exterior municipal (mínimo 300.000 hasta cuatro millones de euros) que permitan reducir el consumo energético al menos un 30%, regular los niveles de iluminación y adecuar las instalaciones a los criterios de eficiencia energética del Reglamento de Eficiencia Energética en Instalaciones de Alumbrado Exterior.
Sector industria
Con un presupuesto de 49 millones, se pretende incentivar y promover la realización de actuaciones que reduzcan el consumo de energía final y las emisiones de dióxido de carbono, mediante la ejecución de proyectos de ahorro y eficiencia energética en el sector industrial (tanto mejora de tecnología en equipos y procesos como en implantación de sistemas de gestión energética), cubriendo hasta el 30 % del coste elegible.
Sector transporte
A través de entregas dinerarias sin contraprestación se pretende incentivar y promover la realización de actuaciones que reduzcan el consumo de energía final y las emisiones de dióxido de carbono, mediante planes de transporte sostenibles al trabajo, mejora en la gestión de flotas de transporte por carretera y cursos de conducción eficiente a profesionales (mínimo 200 alumnos). La línea está dotada con ocho millones de euros. De esta forma, se quiere actuar en otro de los elementos que más afecta a la vida de profesionales y usuarios; en su transporte diario así como en una conducción eficiente.
Sector edificación
La gran apuesta del programa de ayudas viene en el sector de la edificación, “por ser el más difícil en el que acometer actuaciones que quieren que sean de carácter integral”, según explican desde Industria. Elprograma denominado Pareer-Crece pretende, con una dotación de 200 millones, actuar en cualquier tipología de edificios, mejorando la eficiencia energética de las fachadas o las instalaciones de calefacción y de iluminación, así como la sustitución de energía convencional por solar térmica, biomasa o geotermia en las instalaciones de calefacción, climatización y agua caliente sanitaria.
Las actuaciones de rehabilitación energética pueden ir desde los 30.000 a los cuatro millones de euros. Todas las tipologías y beneficiarios tendrán derecho a recibir una ayuda dineraria sin contraprestación (que va del 20-30% base, mejorable por aspectos de criterio social (edificios de viviendas de protección pública o situados en áreas de regeneración y renovación urbanas), especial mejora de la eficiencia energética o la combinación de varias tipologías) complementada con un préstamo reembolsable al Euribor + 0%, que cubra la parte no cubierta por la ayuda hasta el 90% del coste elegible.
Como requisito imprescindible figura la mejora de la calificación energética total del edificio en, al menos, una letra medida en la escala de emisiones de dióxido de carbono (kg CO2/m2 año), con respecto a la calificación energética inicial del edificio. En ese sentido, cabe recordar que una vivienda eficiente que cuente con la categoría más alta de eficiencia energética (A) consume hasta un 90% menos de energía que una que esté catalogada con el nivel más bajo. Una de clase B en torno al 70%; y la clase C, un 35%.
Es la única línea que contempla tanto aportaciones dinerarias como préstamos y es compatible con las ayudas para rehabilitación de viviendas que concede el Ministerio de Fomento a través de las comunidades autónomas.
¿Quién se puede beneficiar y solicitar las ayudas?
Depende de la línea. Para la de alumbrado exterior serán los ayuntamientos o sus agrupaciones; en el caso de la industria pueden ser las propias empresas o a través de empresas de servicios energéticos (ESEs); empresarios o asociaciones en el caso de la de transporte; y las comunidades de vecinos, propietarios o ESEs para el caso de rehabilitación energética de edificios.
Requisitos, tramitaciones y consultas
Para más información, Idae ha dispuesto una web para cada línea de ayuda:
-Línea Rehabilitación
-Línea Alumbrado Público
-Línea Industria
-Línea Transporte
Asimismo, para cualquier consulta e información, Idae tiene habilitado el llamado “Servicio de Información al Ciudadano en Eficiencia Energética y Energías Renovables (SICER)”(ciudadano@idae.es Teléfono: 913 14 66 73, en horario de 10.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes).
Crónica sobre la actualidad de la mediación
Durante los días 29 de junio a 2 de julio de 2015 se ha celebrado en la Universidad Complutense de Madrid, en sesiones de 9 a 19h, el II Congreso Internacional de Mediación.
La AAEPFC estaba allí.
La AAEPFC estaba allí!
¿Qué hacen una arquitecta de Barcelona, una oficiala keniata, una abogada escocesa, una restauradora catalana y una abogada madrileña durante la primera ola de calor del verano? Asistir a un congreso de Mediación en Madrid.
Durante los días 29 de junio a 2 de julio de 2015 se ha celebrado en la Universidad Complutense de Madrid, en sesiones de 9 a 19h, el II Congreso Internacional de Mediación, el llamado World Mediation Summit-Madrid www.worldmediationsummit.com.
Por Mercedes Leguina.
Abogada y Mediadora
La organización del Congreso, de carácter privado, ha contado con el apoyo institucional y sobre todo, con la entrega entusiasta de más de cien mediadores.
Durante estos cuatro días, ayudados por un agradecido aire acondicionado y por el siempre aire decadente y romántico de la Universidad Complutense, se ha debatido sobre algunos aspectos relevantes de la Mediación, desde el análisis teórico del conflicto hasta la consecución del Acuerdo de Mediación.
La primera reflexión que me gustaría hacer es el verdadero carácter internacional del encuentro, múltiples nacionalidades han aportado su experiencia: desde los organizadores canadienses, a ingleses, irlandeses, australianos, holandeses, colombianos, argentinos, andorranos, portugueses o mexicanos, hasta representantes de toda la geografía española: vascos, catalanes, madrileños, castellanos o andaluces.
También ha sido un lujo el nivel de los ponentes, desde Administraciones Públicas, Instituciones de Mediación, universidades españolas, empresarios, abogados, jueces, mediadores, psicólogos, profesores, doctorandos, investigadores e incluso embajadores. Todos ellos con una pasión compartida: la Mediación.
La jornada inaugural, más allá de cargos e ilustres instituciones, se caracterizó por el golpe de realidad en las palabras de los ponentes: férrea creencia en la Mediación pero necesidad de difusión y apoyo político; mucha inversión para un escaso retorno a medio plazo.
Y este puede decirse que fue el titular del Congreso: creemos en la Mediación pero la realidad a día de hoy es que se trata de un mercado de oferta, no de demanda. Se precisa más visibilidad y mucha formación para conseguir un cambio cultural que promueva el diálogo entre los ciudadanos y la gestión positiva de los conflictos.
La mayoría de los ponentes señaló que el conflicto es intrínseco a la condición humana y debemos aprender a solucionarlo de un modo nuevo, debemos desaprender lo aprendido para alcanzar soluciones reales y duraderas.
Ya en la primera de las jornadas se produjo la impactante intervención de los Excmos. Embajadores de Israel y Palestina. Sus puntos de vista nos hicieron reflexionar a todos los presentes y provocaron la intervención de la moderadora que, ante la vehemencia de sus exposiciones, no pudo sino ofrecerles un mediador de entre los que se encontraban en la Sala.
Interesantísimas las intervenciones de los Excmos. Embajadores de Colombia y Suecia quienes dieron su visión real del conflicto armado, por un lado, y del apoyo internacional por otro.
Hay que señalar como otro de los temas tratados, la importancia de la formación sobre Mediación; formación a todos los niveles: en las escuelas donde existe un término precioso poco conocido: el “Plan de convivencia”; formación en las Comunidades; formación para empoderar a jóvenes, mujeres y personas claves dentro de la sociedad; formación en las organizaciones, en las empresas; o formación sobre las diferencias culturales como cuestión fundamental para la Mediación. Sobre la multiculturalidad tuvimos la oportunidad de analizar un caso real sobre un conflicto vecinal de 13 nacionalidades asumido por la Asociación Madrileña de Mediadores en las afueras de Madrid. Magnífico ejemplo.
También se llevó a cabo un taller sobre Mediación en casos de bullying escolar. Qué terrible tema de actualidad, ¿verdad? En este caso, la Mediación y la Cultura de la Paz son las claves para asegurar una sociedad que gestione de manera eficaz los conflictos, a través del aprendizaje de nuestros niños.
En cuanto a las experiencias en Mediación se analizó desde distintas perspectivas la Mediación intrajudicial que se está implementando en distintos lugares de España. El debate sobre la obligatoriedad de la Mediación también se puso sobre la mesa, en base a la experiencia de nuestros socios europeos, sin que ninguna medida concreta se esté llevando a cabo en la actualidad de manera coordinada.
La Mediación intrajudicial constituye a día de hoy, en mi opinión, el ensayo de laboratorio donde unos cuantos valientes, jueces y abogados, ponen en práctica la Mediación de forma singular y extraordinaria y que precisan, como todo proyecto de I+D, tiempo y recursos, pero que nadie en su sano juicio debería criticar su labor. Por tanto, todos ellos, un ejemplo a seguir.
En el Congreso también se abordó la cuestión de la profesión del mediador, en particular, su relación con los abogados. Poco se habló del argumento, ya trasnochado, de que la Mediación es un ahorro de tiempo y dinero. Mucho más importante me parece la visión holística de la Mediación, como un todo, una labor que requiere de los mejores profesionales, con formación basada en criterios de calidad y no de cantidad como se recoge en la actual ley, que colaboren con otros profesionales y cuyo trabajo sea reconocido y debidamente remunerado.
Me gustó especialmente la idea de que los mediados/clientes tengan acceso a un “consentimiento informado” por parte de su abogado, que le asesore de los métodos alternativos y adecuados para dar solución a su problema. Ojalá esta visión del asesoramiento legal llegue pronto a la profesión.
También tuvieron voz en el Congreso distintas universidades españolas en las que en la actualidad se enseña, forma e investiga en Mediación, si bien ellos prefieren denominarla de forma amplia: la gestión de conflictos, y en el que el derecho colaborativo es un concepto fundamental que ya debe ser conocido por todos los futuros licenciados en Derecho.
Por último, tuvimos ocasión de conocer once experiencias reales en Mediación, tanto en España como en países como México, Colombia, Portugal o Argentina, que junto la exitosa experiencia de Australia y de la Policía Local de Valencia, expuestas en las primeras jornadas, dieron esperanza a todos los asistentes.
La ceremonia de clausura del Congreso consistió en unaperformance sin palabras que representaba la justicia restaurativa. La Mediación logra llegar donde no llegan las palabras. Es la “magia” de la Mediación, término muy escuchado estos días.
Creo que todos los asistentes al Congreso coincidirían conmigo en que la Mediación es, a día de hoy, una pasión que todos queremos convertir en amor verdadero. Las claves de esta carrera de fondo están en la difusión y formación en la Cultura de la Paz y en el diálogo para construir una sociedad más feliz.
Finalmente, felicitar a todos los participantes por su entrega e ilusión, y desde aquí, reivindicar el necesario apoyo político, social y de las instituciones para llegar juntos a la meta: el cambio cultural que todos deseamos.
El CGPJ acuerda con el Ministerio de Justicia y las Comunidades Autónomas impulsar la mediación como alternativa al proceso judicial
El presidente del TS y del CGPJ, la secretaria de Estado de Justicia y los responsables de Consejerías de Justicia de once Comunidades Autónomas firmarán convenios de colaboración
viernes, 24 de abril de 2015
El presidente del TS y del CGPJ, la secretaria de Estado de Justicia y los responsables de Consejerías de Justicia de once Comunidades Autónomas firmarán convenios de colaboración el lunes 27. Al acto asistirá también la Fiscal General del Estado
Autor: Comunicación Poder Judicial
El Consejo General del Poder Judicial suscribirá el próximo lunes 27 convenios de colaboración con el Ministerio de Justicia y con once de las doce Comunidades Autónomas con competencias en esta materia con el objetivo de impulsar la mediación y otras formas pacíficas de resolución de conflictos como fórmula alternativa y/o complementaria al proceso judicial.
En el acto de firma de los convenios estarán presentes el presidente del Tribunal Supremo y del CGPJ, Carlos Lesmes; la secretaria de Estado de Justicia, Carmen Sánchez-Cortés; la fiscal general del Estado, Consuelo Madrigal; y responsables de las Consejerías de Justicia de Aragón, Asturias, Canarias, Cantabria, Cataluña, Comunidad Valenciana, Galicia, Madrid, Navarra, La Rioja y el País Vasco.
Los convenios establecen como obligaciones del CGPJ las de dar a conocer la mediación y otras formas de resolución pacífica de conflictos entre los jueces y magistrados, mientras que el Ministerio de Justicia y las Comunidades Autónomas pondrán a disposición de los Juzgados y del público información sobre mediación y procurarán incluir estas formas de resolución de conflictos en el asesoramiento y orientación gratuitos previos al proceso judicial.
Justícia reforça l'impuls de la mediació amb la signatura d'un nou conveni amb el Col·legi d'Arquitectes de Catalunya
El Departament de Justícia i el Col·legi d’Arquitectes de Catalunya han signat aquest matí un conveni amb l’objectiu d’impulsar i difondre la mediació com a mètode de resolució de conflictes
10-04-2015 12.51
NOTÍCIA PUBLICADA A LA WEB DEL COAC
El 10 d'abril es va signar un Conveni entre el Col·legi d'Arquitectes de Catalunya i el Departament de Justícia de la Generalitat de Catalunya, representats pel degà del Col·legi, Lluís Comerón, i el conseller de Justícia, Germà Godó. El Conveni té per objectiu impulsar i difondre la mediació com a mètode de resolució de conflictes.
Mitjançant la signatura d’aquest Conveni, el COAC es compromet a desenvolupar les funcions que, com a col·legi professional en l’àmbit de la mediació, estableix la Llei 15/2009, de 22 de juliol, de mediació en l’àmbit del dret privat.
A partir d’ara, el Col·legi d’Arquitectes gestionarà el registre de persones mediadores que hi estiguin col·legiades i en comunicarà les altes i baixes al Centre de Mediació de Dret Privat de Catalunya; i proposarà al Centre de Mediació la persona mediadora quan les parts s’adrecin a aquest col·legi professional. A més, el COAC també durà a terme formació específica, introduint l’estudi de les tècniques de mediació, de negociació i de resolució alternativa de conflictes.
La voluntat del Departament de Justícia, a través del Centre de Mediació de Dret Privat de Catalunya, és la de fer créixer la xarxa col·legis professionals que esdevinguin col·laboradors per impulsar la mediació al territori català i contribuir, a través d’ella, a facilitar-ne l’accés i el servei. Amb la signatura d’aquest conveni, el nombre de col·legis professionals que col·laboren en l’àmbit de la mediació és de 13.
La signatura d’aquest conveni contribueix a desenvolupar el Pla Nacional per a l'impuls de la mediació a Catalunya que es va presentar el passat mes de gener i que esdevé un dels eixos estratègics del Govern de la Generalitat.
NOTA DE PREMSA GENERALITAT DE CATALUNYA
- El Departament de Justícia i el Col·legi d’Arquitectes de Catalunya han signat aquest matí un conveni amb l’objectiu d’impulsar i difondre la mediació com a mètode de resolució de conflictes
- Creix la xarxa de col·legis professionals que col·laboren amb el Departament de Justícia per fomentar la mediació
- La signatura d’aquest Conveni contribueix a desenvolupar el Pla nacional per a l'impuls de la mediació a Catalunya, un dels eixos estratègics del Govern de la Generalitat
El conseller de Justícia, Germà Gordó, ha signat avui un conveni de col·laboració amb el degà del Col·legi d’Arquitectes de Catalunya, Lluís Comerón, amb l’objectiu d’impulsar i difondre la mediació. Mitjançant la signatura d’aquest Conveni, el Col·legi d’Arquitectes de Catalunya es compromet a desenvolupar les funcions que, com a col·legi professional en l’àmbit de la mediació, estableix la Llei 15/2009, de 22 de juliol, de mediació en l’àmbit del dret privat.
A partir d’ara, el Col·legi d’Arquitectes de Catalunya haurà de gestionar el registre de persones mediadores que hi estiguin col·legiades i comunicar-ne les altes i baixes al Centre de Mediació de Dret Privat de Catalunya; proposar al Centre de Mediació la persona mediadora quan les parts s’adrecin a aquest Col·legi professional, així com dur a terme la formació específica i declarar la capacitació de les persones mediadores.
En aquest darrer sentit, el Col·legi també es compromet a introduir en l’àmbit de la formació especialitzada l’estudi de les tècniques de mediació, de negociació i de resolució alternativa de conflictes, entre d’altres. Per la seva banda, el Centre de Mediació de Dret Privat de Catalunya, que depèn del Departament de Justícia, farà el seguiment de les actuacions de col·laboració que es duguin a terme en el marc d’aquest Conveni.
Creix la xarxa de col·legis professionals que col·laboren amb la mediació
La voluntat del Departament de Justícia, a través del Centre de Mediació de Dret Privat de Catalunya, és fer créixer la xarxa de col·legis professionals que esdevinguin col·laboradors per impulsar la mediació al territori català i contribuir, a través d’ella, a facilitar-ne l’accés i el servei.
Des del mes de gener de 2014, el Departament de Justícia ha consolidat la incorporació de col·legis professionals que representen diversos professionals del món de l'economia i l'empresa, com són els col·legis d'economistes, de censors jurats de comptes, d'administradors de finques, d'administradors de la propietat immobiliària i de gestors, ampliació que ha permès comptar amb la col·laboració d'altres agents més enllà dels que tradicionalment intervenien en la mediació. Amb la signatura d’aquest Conveni, el nombre de col·legis professionals que col·laboren amb el Departament de Justícia en l’àmbit de la mediació és de 13, fet que implica l’mpuls de la mediació des d’una nova vessant professional.
La signatura d’aquest Conveni contribueix a desenvolupar el Pla nacional per a l'impuls de la mediació a Catalunya que es va presentar el passat mes de gener i que esdevé un dels eixos estratègics del Govern de la Generalitat. El Pla centra l’acció de Govern en sis objectius a assolir en els propers dos anys i, des de 2014, a través de diferents línies estratègiques de treball.
Els principals objectius d’aquest Pla nacional són promoure la col·laboració entre els diferents col·lectius, afavorir un veritable canvi cultural a favor de la mediació, fomentar la cohesió social a partir de mesures preventives de resolució de conflictes, equilibrar el percentatge de conflictes resolt a través de la mediació en relació amb els litigis judicials, impulsar la gestió integral de la mediació a través de la seva implantació en els diferents àmbits privats i públics i millorar la qualitat de les mediacions.
Catalunya, pionera en la mediació
Catalunya va ser la primera comunitat autònoma que va aprovar una llei de mediació familiar l’any 2001, la qual va ser un referent per a altres iniciatives autonòmiques, que, des d’aleshores, van aprovar les seves lleis.
L’any 2009 es va aprovar la Llei 15/2009 en l’àmbit del dret privat, també pionera a l’Estat espanyol, que, d’una banda, ampliava l’objecte de la mediació a qualsevol conflicte en l’àmbit de la persona i la família i, de l’altra, estenia l’objecte de la mediació a la mediació civil en aquells casos en què es produeix una ruptura de la comunicació personal entre les parts quan aquestes han de mantenir relacions en el futur, com ara conflictes entre associacions i fundacions, en la convivència ciutadana i veïnal, en l’àmbit de la propietat horitzontal, etc.
Notícia de premsa: Vecinos organizados en cooperativas para poder rehabilitar
Vuelve el interés por recuperar buena parte de ese parque más antiguo y deteriorado
La personalidad jurídica propia acerca a las comunidades de propietarios al crédito
MADRID
Si hay una imagen característica del pasado boom inmobiliario que perdurará en la retina de los ciudadanos, esa es la de los bosques de grúas que podían otearse desde innumerables carreteras españolas. Era tal la demanda de vivienda nueva que empresas, administraciones y con ellos los particulares se olvidaron de otro segmento de negocio aledaño a la promoción, como es la rehabilitación.
Ahora que no se construye casi nada, solo allí donde la oferta se ha agotado y las nuevas casas logran venderse a precios razonables, vuelve el interés por recuperar buena parte de ese parque más antiguo y deteriorado (seis de cada 10 casas se levantaron sin normativa de eficiencia energética). El problema es la escasez de financiación. El crédito se secó de golpe para todo lo que tuviera que ver con la promoción inmobiliaria coincidiendo con el estallido de la crisis financiera y todavía hoy son los menos los que empiezan a lograr el sí de su banco o caja.
De hecho, mientras en los tiempos de bonanza, una promotora podía emprender una obra de miles de casas sin arriesgar prácticamente nada de sus recursos propios, en la actualidad puede existir el consenso de una comunidad de propietarios (con lo difícil que es ya solo eso) para reformar la envolvente del edificio, pueden incluso disponer del proyecto y el presupuesto aceptado y tener que llamar puerta tras puerta a los bancos solicitando el crédito que necesitan para llegar a la conclusión de que la mejora de sus casas tendrá que esperar.
Desde los primeros años del siglo XX, el papel de las cooperativas de viviendas se reveló crucial. Ahora que tanto se escribe de la economía colaborativa, las cooperativas han sido tradicionalmente las empresas participativas por excelencia. Lo son hasta tal extremo, que sin la participación de sus socios o cooperativistas, la sociedad creada se desnaturaliza. En otras palabras, se trata de una agrupación de personas que comparten la necesidad de una vivienda y se unen para acceder a ella mediante la autopromoción, en las mejores condiciones de calidad y precio posibles.
Carecen de ánimo de lucro mercantil, ya que su finalidad es la adquisición de una casa a estricto precio de coste. Por ello, si en el pasado emergieron para ser alternativa a la fórmula tradicional del promotor que vende al cliente final, por qué no hacerlo ahora para acercar la financiación a las comunidades de vecinos que quieran acometer obras de reforma o rehabilitación en su inmueble.
De todo ello se habló en Madrid en la XVII Jornada del Cooperativismo de Viviendas, donde se analizaron las nuevas vías de negocio que se abren para estas sociedades. “Es curioso que los bancos estén dispuestos a conceder préstamos a miles de empresas cada año, cuando una compañía puede desaparecer y, por tanto, no llegar a cobrar toda o parte de la deuda que contrajo con ese banco y negarse a dar crédito a una comunidad de propietarios que no desaparece nunca y además tiene la propiedad del inmueble a reformar”, explicó en dicha jornada Fernando García Mozos, jefe del departamento de Edificaciones del IDAE del Ministerio de Industria.
Y si aún así, la banca insiste en no conceder préstamos a las comunidades de propietarios, el subdirector general de Coordinación de Acciones frente al Cambio Climático del Ministerio de Agricultura, Enrique Bailly-Bailliere, sugirió que la solución pase porque esa comunidad de propietarios se convierta en cooperativa. Con esta operación, los vecinos podrían solicitar la financiación que necesiten al banco y, de este modo, con la personalidad jurídica propia que les otorga esa figura societaria, quizás las entidades perciban la operación con menos riesgos.Y eso que el Gobierno reformó la ley para que las comunidades pudieran ostentar personalidad jurídica propia.
Desde la Confederación de Cooperativas de Viviendas (Concovi) se animó a explorar estas posibilidades, como la de que sean también esas mismas cooperativas tquienes desarrollen todo el proceso de la rehabilitación, igual que las cooperativas también promueven la construcción de vivienda libre, cuando históricamente se habían dedicado casi en exclusiva a las de protección oficial (VPO).
Ángel Hernández, vocal de la Junta de Gobierno del Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas, avaló esa conversión en cooperativas, pero también la unión de comunidades en agrupaciones y mancomunidades para poder negociar en mejores condiciones con la banca. “No se conceden créditos por falta de imaginación para crear productos nuevos, específicos para esta clase de proyectos, con tipos de interes asequibles y plazos de amortización adecuados”, insistió Hernández.
Todos los expertos consultados además subrayaron que con un impulso a la financiación de esta actividad se podrían conseguir varios beneficios: la mejora y el aumento de valor del patrimonio inmobiliario, la reactivación de la economía y grandes ahorros en la factura energética. Por delante, un negocio de millones de viviendas por renovar, “así que si no hay fórmulas, invéntenlas”, clamaron.
Notícia premsa. Indemnització per inhalació d'amiant
Uralita, condemnada a indemnitzar un treballador per la mort de la seva dona en inhalar amiant durant anys
BARCELONA
Uralita, condemnada a indemnitzar un treballador per la mort de la seva dona en inhalar amiant durant anys
El treballador portava la roba de la feina a casa i la seva dona l'hi rentava, quan havia de ser l'empresa la que s'havia de fer càrrec de la neteja per la seva toxicitat
Redacció 03 Des 2014 - 20.22
La inhalació d'amiant, present a teulades i canonades, és molt perjudicial per a la salut.
Un jutjat de Barcelona ha condemnat l'empresa Uralita a indemnitzar amb més de 86.000 euros un extreballador de l'empresa per la mort de la seva dona. La sentència reconeix que la dona va morir d'una malaltia relacionada amb el contacte amb les fibres d'amiant en ocupar-se durant anys de rentar la roba de feina del seu marit.
L'home va treballar entre el 1963 i el 1992 a l'empresa Rocalla de Castelldefels, al Baix Llobregat, que posteriorment va ser absorbida per Uralita i s'ocupava de fabricar productes de fibrociment.
El Jutjat Social 14 de Barcelona ha imposat aquesta indemnització perquè el llavors treballador havia de portar la roba de la feina a casa davant de l'incompliment per part de Rocalla de l'obligació de fer-se càrrec de la neteja dels uniformes i no ho van fer. La seva dona, que li rentava la roba, va morir el novembre del 2011 a conseqüència d'un mesotelioma metastàtic provocat per la inhalació de les fibres d'amiant adherides a la roba de treball del seu marit entre el 1963 i el 1992.
En un comunicat, el Col·lectiu Ronda, acusació en la causa, ha valorat que la sentència "reitera el criteri exhibit per nombrosos tribunals de tot l'estat" que mostren la falta de mesures de seguretat i higiene en instal·lacions on es manipulava l'amiant. La sentència encara no és ferma, Uralita la pot recórrer.
D'altra banda, el Jutjat de Primera Instància 96 de Madrid té pendent resoldre la macrodemanda interposada per Col·lectiu Ronda en representació de 43 suposats afectats. Aquesta demanda pretén que Uralita sigui condemnada a abonar una indemnització per danys i perjudicis.
Equiparación de titulaciones pre Bolonia. Comunicado del presidente el CSCAE
URGENTE:
Comunicado a todos los arquitectos sobre la aprobación del RD 967/2014 de equiparación de titulaciones pre Bolonia
Madrid, 26 de noviembre de 2014
Estimado/a compañero/a,
El BOE del pasado sábado 22 de noviembre de 2014 ha publicado el RD 967/2014 por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para determinar la correspondencia, entre otros, del título de arquitecto a los niveles establecidos por el marco español de cualificaciones para la educación superior (MECES).
Este Real Decreto viene a resolver por fin la correspondencia de las titulaciones de Arquitectura denominadas coloquialmente Pre-Bolonia con el sistema MECES, reivindicación históricamente defendida por el CSCAE y que supone el reconocimiento del singular bagaje formativo del arquitecto español, con evidentes repercusiones en aspectos tan esenciales como las contrataciones y realización de servicios en el extranjero así como licitaciones y adjudicaciones en la Unión Europea.
El RD 967/2014 ha establecido que dicho procedimiento no requiere acto individual o petición por parte de los poseedores del título, sino que es una correspondencia al propio título como tal.
Aunque se fija un plazo máximo de resolución de seis meses, el CSCAE se mantendrá vigilante del cumplimiento de lo preceptuado en el Real Decreto e instará a la Dirección General de Política Universitaria, órgano competente para el inicio, instrucción y propuesta de resolución del procedimiento, a que estos plazos se agilicen en aquellas titulaciones, como es el caso del arquitecto, que cumplen automáticamente todos los requisitos requeridos y exigibles para su correspondencia al nivel 3 de Máster.
Creo que se trata de un éxito muy importante para la profesión y para los arquitectos que me complace compartir inmediatamente contigo.
Un fuerte abrazo,
Jordi Ludevid i Anglada
Presidente del CSCAE
Fira de la Rehabilitació Barcelona, 13 i 14 de desembre, Plaça de les Glòries
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Una Fira popular amb empreses de rehabilitació i activitats socials, orientada a la ciutadania. Aquesta tindrà lloc els dies 13 i 14 de desembre, a la Plaça de les Glòries.
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Com a perits tenim per aportar en aquest servei d'Assessoria gratuïta i orientativa que s'oferirà durant la Fira.
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